Las concesiones portuarias comerciales y la administración, control y operación del Canal de Panamá son cosas completamente distintas. Confundirlas lleva a errores graves. El Canal es una institución panameña, protegida por la Constitución, operada solo por Panamá y sin control de ningún país extranjero.
En los últimos años, muchas personas han escuchado que “China controla el Canal” o que “el Canal está en manos extranjeras”. Estas frases se repiten en redes sociales y en algunos medios, pero no son correctas. Parte del problema es que se mezclan dos conceptos que no son lo mismo: concesiones portuarias comerciales y administración del Canal de Panamá. Este artículo explica, de forma sencilla, qué es cada cosa y por qué no deben confundirse.
¿Qué son las concesiones portuarias comerciales?
Las concesiones portuarias comerciales son contratos que el Estado otorga a empresas para que operen puertos, es decir, instalaciones donde se cargan y descargan mercancías.
Sus características principales son claras:
- Son actividades comerciales, como cualquier negocio.
- Se rigen por contratos administrativos.
- Tienen un plazo definido.
- El Estado puede supervisarlas, modificarlas o cancelarlas si no cumplen la ley.
- No implican soberanía ni control estratégico del país.
Un puerto sirve para mover carga.
Un puerto no decide rutas marítimas, tránsito internacional ni reglas del comercio global.
¿Qué es la administración, control y operación del Canal de Panamá?
El Canal de Panamá es una infraestructura estratégica del Estado panameño, con un estatus totalmente distinto.
En términos simples:
- Está consagrado en la Constitución de Panamá.
- Es administrado por una entidad panameña, con personal panameño.
- Opera bajo el Tratado de Neutralidad, reconocido internacionalmente.
- Panamá decide:
- Quién transita por el Canal
- Cuánto paga cada buque
- Cómo se opera la vía
- Qué inversiones se realizan
- Ninguna empresa extranjera puede administrar el Canal.
- Ningún país extranjero puede tomar decisiones sobre su operación.
El Canal no es un negocio privado.
Es un activo soberano del Estado panameño.
¿Por qué no son lo mismo?
La diferencia se entiende mejor cuando se compara su naturaleza.
Una concesión portuaria:
- Es un contrato comercial.
- Tiene fecha de inicio y de vencimiento.
- Puede ser revocado.
- No implica soberanía.
El Canal de Panamá:
- Es una institución constitucional.
- No es una concesión.
- No se alquila ni se vende.
- Forma parte de la soberanía nacional.
Pensar que una empresa extranjera que opera un puerto controla el Canal es un error.
Eso no ocurre en Panamá.
¿Por qué se genera la confusión?
La confusión surge porque:
- Puertos y Canal están vinculados al comercio marítimo, pero no cumplen la misma función.
- Algunos discursos internacionales simplifican el tema para su propia audiencia.
- En redes sociales se repiten mensajes sin contexto ni explicación técnica.
Lo que todo panameño debe tener claro
- El Canal no está concesionado.
- El Canal no lo maneja China.
- El Canal no lo maneja Estados Unidos.
- El Canal lo maneja Panamá, por mandato constitucional.
- Las concesiones portuarias no afectan la administración del Canal.
Las concesiones portuarias comerciales y la administración del Canal de Panamá no son lo mismo.
Entender esta diferencia protege la soberanía, reduce la desinformación y fortalece la posición de Panamá frente al mundo. El Canal es panameño, ha sido administrado por Panamá y seguirá siéndolo mientras los panameños conozcan y defiendan los hechos con claridad.
